Desde el 13 de abril esta publicado en el BOE el decreto 235/2013 para la Certificación Energética de Edificios Existentes.
En este, finalmente se fija el 1 de junio 2013 como la fecha a partir de la cual será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores un certificado de eficiencia energética. El objetivo de este decreto es trasponer a la legislación española la directiva comunitaria acerca del procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.
Es obligatorio poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios. Así se puede valorar y comparar su eficiencia energética, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
En el certificado se asigna a cada edificio una Clase Energética de eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes. Esto ira reflejado mediante una etiqueta de eficiencia energética.
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